martes, 26 de marzo de 2013

Las ayudas de rehabilitación o reforma para vivienda o finca requieren unos sencillos requisitos del inmueble para que puedan ser concedidos.


Las ayudas ofrecidas por el Ministerio de Fomento para la reforma de tu vivienda o la rehabilitación de tu finca o edificio  exigen cumplir unos sencillos requisitos básicos. AIDIRA a continuación expone cuáles son los requisitos básicos que se ha de cumplir para obtener las reducciones o subvención.


Fomento distingue dos tipos de requisitos para la obtención de las ayudas de rehabilitación clasificándolos en requisitos comunes a edificios y viviendas o específicos para edificios.


Los requisitos comunes a edificios y viviendas en la reforma o rehabilitación son:


La vivienda o edificio ha de tener una antigüedad mínima de 15 años, excepto si la reforma es para la supresión de barreras arquitectónicas a personas con discapacidad o se rehabilita para adaptar instalaciones a la normativa técnica siempre que la adaptación sea posterior a la fecha de terminación del edificio.

Que el edificio a rehabilitar sea adecuado estructural y funcionalmente, es decir esté en buenas condiciones estructurales y habitables para su uso; o alcance dichas condiciones tras la rehabilitación que se va a realizar.

Los requisitos específicos para edificios en la rehabilitación son:


Si se rehabilita un edificio la superficie útil destinada a vivienda ha de ser como mínimo el 60 % de la superficie útil total del edificio a la que se le excluye la planta baja cuando no se destine a vivienda.

Si en la reforma se modifica la superficie útil destinada a vivienda nunca ha de superar 120 m2.